Viernes, 30 de octubre de 2026
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POLÍTICA

Entrarán en vigor en noviembre los artículos sobre responsabilidad penal de empresas

A partir del 5 de noviembre, se aplicarán los artículos 8, 9, 10 y 11 del nuevo Código Penal, que regulan la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Imagen de archivo mostrando el Congreso Nacional de la República Dominicana.
Imagen de archivo mostrando el Congreso Nacional de la República Dominicana.

En seis días, el próximo 5 de noviembre, entrarán en vigor en todo el país los artículos 8, 9, 10 y 11 del nuevo Código Penal, que tratan sobre el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas (empresas).

Con ello se agota el tiempo del Congreso Nacional para prorrogar la aplicación de dichos artículos, cuya pieza legislativa que propone extender a 24 meses su entrada en vigor y que fue aprobada por el Senado aún no ha llegado a la Cámara de Diputados.

El proyecto de ley propuesto por Rafael Barón Duluc –Cholitín- está retenido en la Cámara Alta, en Auditoría Legislativa, según consta el Sistema de Información Legislativa de ese órgano parlamentario al momento de escribir esta noticia. La iniciativa de ley cuenta con el respaldo de sectores empresariales.

La semana pasada, el Senado sancionó de urgencia, en dos sesiones consecutivas, el pliego legislativo, el cual propone que los cuatro artículos citados se apliquen dos años después del 5 de noviembre de 2026, o sea, el 5 de noviembre de 2028, para facilitar la implementación ordenada del marco penal y la adecuada preparación de sus destinatarios y de las instituciones del sistema de justicia.

“Los artículos 8 y 11, modificados por la Ley núm. 44-26, y los artículos 9 y 10 de la Ley núm. 74-25, Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, por excepción a lo dispuesto en su artículo 393, entrarán en vigor a los veinticuatro meses contados a partir del 5 de noviembre de 2026, que permita que las personas jurídicas se adecuen a lo dispuesto en el Código Penal”, indica la modificación presentada por Cholitín al artículo 31 de la Ley 44-26, del 27 de julio de 2026.

Respaldo en la Cámara Baja; proponen modificar los artículos

El proyecto de ley cuenta con respaldo en la Cámara Baja, tal como reveló hace unos días el presidente de la Comisión Permanente de Justicia, Wandy Batista.

El diputado por La Romana apoya la iniciativa del Senado y recomienda la modificación de los cuatro artículos que tratan sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, al señalar que de la forma en que estos están redactados van contra el principio de presunción de inocencia.

A la vez, considera que 24 meses de vacatio legis podrían ser mucho tiempo, tras aclarar que esos artículos pueden ser corregidos en menos de dos años. Sin embargo, expresó que probablemente no habrá ningún inconveniente en que sean dos años, “pero eso tiene que quedar resuelto muchísimo antes de ese tiempo”.

“Lo único que hay que hacer es que agarrar esos artículos, del 8 al 11, y modificarlo, porque (…) a mí me preocupa que esos artículos ponen la carga de la presunción de culpabilidad encima de las empresas”, dijo Batista.

Los artículos 8, 9, 10 y 11 del nuevo Código Penal precisan las condiciones bajo las cuales las empresas pueden ser penalmente responsables por delitos cometidos por sus representantes o empleados en su nombre, sin excluir la responsabilidad individual de los involucrados. También regulan la continuidad de esa responsabilidad ante determinadas operaciones societarias y su posible extensión a otras empresas vinculadas.

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